Efectos del Avalúo Catastral: ¡mucho más que el predial!

¡Que los árboles no nos impidan ver el bosque! Los incrementos de los avalúos catastrales derivados de la política Nacional de Catastro Multipropósito no solo afectan al impuesto predial, hay otros muchos aspectos que tocan el bolsillo de los ciudadanos como la estratificación, servicios públicos domiciliarios, impuestos de renta, patrimonio, timbre, servicios notariales y hasta el costo de las matrículas de las universidades públicas.

En el actual debate nacional y local sobre el Catastro Multipropósito mucho se ha dicho desde diferentes puntos de vista; no obstante, por dolo o por ingenuidad, entre la mayoría de las voces ha hecho carrera la idea de que esto es un asunto únicamente del impuesto predial y por eso los debates deben centrarse en las tarifas de ese impuesto, los límites de incremento anual y si los que protestan son terratenientes, hacendados y uribistas que quieren pagar poquito impuesto o no. El gran promotor del debate en estos términos es Gustavo Petro en persona y todo su aparato de propaganda y la burocracia de entidades como el IGAC que se pliegan a sus amañadas posiciones.

Mientras el gobierno central y sus seguidores se concentran en tales posiciones, la gente, por su lado, cada vez comprende mejor los muchos impactos que esta política le dejará en sus finanzas futuras. Si bien el impuesto predial es el efecto más inmediato, no es el único.

Quizá el efecto más evidente e importante después del predial es la estratificación. Dice el Plan de Desarrollo de Gustavo Petro: “ARTÍCULO 309. Modifíquese el artículo 2 de la Ley 732 de 2002, el cual quedará así:

ARTÍCULO 2. METODOLOGÍAS DE ESTRATIFICACIÓN. Todos los alcaldes deberán realizar y adoptar sus estratificaciones empleando las metodologías que determine el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE- en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación -DNP-. Para la aplicación de las metodologías de estratificación los alcaldes contarán con el apoyo técnico de esta entidad.

PARÁGRAFO TRANSITORIO. El DANE tendrá en cuenta la información obtenida como resultado del catastro multipropósito para determinar la metodología de estratificación, considerando que el IGAC, a través del SINIC, suministrará a las alcaldías dicha información para que puedan realizar sus procesos de estratificación.”

Queda claro entonces que existe la orden a los alcaldes de modificar los estratos y que en ese proceso deben aplicar la información derivada del Catastro Multipropósito. Pregunto al lector: ¿Hay alguna posibilidad de que a alguna persona en Colombia le baje el estrato producto de estas modificaciones de los estratos?

Ahora bien, ¿eso qué significa? ¡Más carestía! Veamos: si bien el avalúo catastral de los inmuebles no es la base para calcular la tarifa de los servicios públicos domiciliarios, como el acueducto o la energía eléctrica, sí lo es para definir el estrato, y el estrato sí define si se tiene o no subsidios en los servicios públicos, pues si alguien es de estrato uno, dos o tres, tiene derecho a que se le subsidie un porcentaje de su consumo, pero si es de estrato cuatro, cinco, seis, o de uso industrial y comercial, no solo no tiene acceso a subsidio, sino que debe pagar un porcentaje adicional para subsidiar a los estratos más bajos.

Al respecto, el Plan de Desarrollo de Petro es claro: ARTÍCULO 272. SUBSIDIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, GAS, ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO. Los subsidios establecidos para energía eléctrica y gas combustible en el artículo 3 de la Ley 1117 de 2006, prorrogados por los artículos 1 de la Ley 1428 de 2010, 76 de la Ley 1739 de 2014, 17 de la Ley 1753 de 2015, y 297 de la Ley 1955 de 2019 se prorrogan como máximo, hasta el 30 de junio de 2027.

PARÁGRAFO PRIMERO. Para otorgar subsidios de energía eléctrica, gas combustible, acueducto, alcantarillado y aseo a los usuarios de menores ingresos, se implementarán medidas que permitan el cruce entre la estratificación y la información socioeconómica de los usuarios como parámetro de focalización del subsidio, definiendo un periodo de transición y una diferenciación por tipos de municipios para la aplicación de dichas medidas y sentar las bases para ajustar la focalización de los subsidios con la metodología que considere la capacidad de pago de las personas y que, para el efecto, defina el Gobierno nacional.

Valga decir, que el término “focalizar” no es más que un eufemismo. En buen calleñol, focalizar es negar subsidios o beneficios a buena parte de la población para dárselo solo a los que están más necesitados. Si hay muchos pobres, solo se le dará beneficios que alivien su situación a los que sean pobres entre los pobres. Si hay muchos con hambre, los subsidios solo se les da a quienes se esté muriendo de ella.

Bien, queda claro que el incremento de los avalúos catastrales afectará en el tiempo el costo de los servicios públicos como consecuencia de afectar la estratificación. De otro lado, también hay otros aspectos que derivan de la estratificación como el acceso a subsidios en programas locales, departamentales y nacionales.  Adicionalmente, ¡como si fuera poco!, la estratificación afecta el costo de las matrículas de las universidades públicas, pues el estrato también es una variable sobre la que se calcula ese valor. Ni qué decir tiene el hecho de que le hace aún más difícil adquirir casa propia a quienes no la tenemos.

Por ese mismo camino, el incremento del avalúo afectará a otros impuestos. Al respecto, en la revista Ámbito Jurídico, el abogado y asesor tributario, Dr. Álvaro Camacho Montoya (https://www.ambitojuridico.com/noticias/tributario/tributario-y-contable/el-avaluo-catastral-y-sus-efectos-fiscales-mas-alla-del), presentó el siguiente cuadro donde sintetiza los impuestos que afecta el incremento del avalúo catastral:

Los tributos (directos e indirectos) relacionados con el avalúo catastral

Todo lo anterior nos permite concluir que, el incremento de los avalúos catastrales no solo afectará al impuesto predial. Por eso, debemos unirnos todos y todas al estudio, la organización y la movilización para lograr un catastro justo y unos impuestos —entre los que cuenta el predial— pagables.

Por último, señalo que a esas personas a las que se les está incrementando el avalúo catastral, no se les incrementa su riqueza ni en una moneda de cuero, pero sí deben pagar más impuestos cuando ya pagan muchos en lo nacional, departamental y local. Estas alzas de los avalúos lo único que logran es incrementar un ya alto costo país, pues hace más caro producir riqueza y todo ello, por cuenta del afán de recaudar más para el pago de la deuda pública, el derroche y la corrupción. ¡No hay derecho!

Ñapa: celebro con entusiasmo el nacimiento de la Veeduría ciudadana por el pueblo de Mosquera que se constituyó el pasado 17 de abril en Mosquera ante más de cincuenta personas. ¡Vamos a estudiar por nuestra propia cuenta nuestros problemas y a defendernos a nosotros mismos!  

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